Desde este sábado 28 de enero hasta el próximo jueves 02 de marzo de este año, comprenderá el periodo veda reproductiva del cangrejo rojo y azul, indica el Acuerdo Ministerial N= 0021-A, suscrito por el subsecretario de Recurso Pesquero, Alejandro Moya.
En el documento se indica que esta veda se estableció con la finalidad de que la cópula del crustáceo sea realizada exitosamente, es decir, que en este lapso de tiempo se considera el período de precortejo y cópula, actividad biológica que se realiza exclusivamente en el exterior de las madrigueras, siendo vulnerables a una sobre captura, que no permite la normal reproducción de dicha especie.
Además, se enfatiza que durante este periodo se prohíbe en todo el territorio nacional la captura, transporte, posesión, procesamiento y la comercialización interna y externa de las especies reglamentadas.
También, el Acuerdo Ministerial menciona que las empresas procesadoras/empacadoras debidamente autorizadas, que hayan procesado cangrejo rojo o azul antes del inicio de este periodo de veda y deseen comercializarlo, deberán solicitar a la Dirección de Control de Recursos Pesqueros la autorización pertinente, siempre y cuando hayan notificado su stock, previa verificación realizada por la Dirección de Control Pesquero.
Quien incumpla la norma, de acuerdo a lo establecido por la Ley de Pesca de Ecuador, serán sancionados con una multa de dos a 10 salarios básicos unificados o con prisión de 15 a 60 días.
Dicho Acuerdo 0021-A también establece que el segundo periodo de veda del cangrejo rojo y azul, y que corresponde a la fase de muda, será desde el 15 de agosto al 30 de septiembre de 2023.
La medida busca proteger las poblaciones y permitir que sus capturas se realicen de manera adecuada y racional, asegurando la sustentabilidad de estos recursos en esta etapa muy sensible y vulnerable como es la de su crecimiento (muda o ecdisis).